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Reglamento de Caja de Socorros Sua

La Comisión Caja de Socorros de SUA fue creada por Estatuto y sus miembros serán nombrados por el Consejo Directivo rigiéndose por el mencionado Estatuto  y demás normativa vigente.


Esta Comisión está facultada para la búsqueda de implementación de políticas generales hacia el bienestar físico y mental de los afilados.
 

  1. Podrán obtener beneficios de la Caja de Socorros los afiliados Activos con antigüedad de un año, y que estén al día con la cuota sindical. Aquellos compañeros que hagan convenio por atraso de cuotas, para volver a gozar de todos los beneficios deberán cumplir también un año de antigüedad. Ante la solicitud de un afiliado que no se encontrara al día, se dará lugar a la consideración de la Caja de Socorros, siempre y cuando el atraso no sea mayor a 6 meses. En caso de que este atraso sea mayor se pondrá a consideración del Consejo Directivo.

  2. La Comisión Caja de Socorros actuará de oficio, informando al Consejo Directivo, en situaciones que no siendo solicitada el auxilio el sindicato tome conocimiento de necesidad o siniestro.

  3. Para solicitar auxilio o apoyo, el afiliado debe expresar su necesidad y su solicitud por escrito, además de incluir si tiene familia a su cargo. La solicitud debe contener firma, aclaración, cédula de identidad, dirección y teléfono.

  4. La sola solicitud no implica su aprobación. Cada caso se evaluará en forma particular y se aprobará o no de acuerdo a los criterios para los que fue creada la Caja de Socorro.

  5. De ser un apoyo monetario será en carácter de préstamo y se establecerá forma de reintegro. En caso de un auxilio no reintegrable, se tomará en cuenta la imposibilidad del afiliado de hacerse cargo de esa deuda.

  6. La actuación de la Caja de Socorro será cumplida con la debida reserva

 

SÉ VOS EL CAMBIO QUE QUERÉS VER EN LA SUA.

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